Email
Facebook
Google+
https://centrodenegociosarea.com/mas-ayudas-para-trabajadores-autonomos/
Twitter
LinkedIn

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este jueves 24 de agosto, DOG, 24 agosto. Núm. 160, la orden que regula las ayudas de la Consellería de Economía, Empleo e Industria para ampliar la reducción de cuotas a la Seguridad Social de trabajadores autónomos correspondiente al ejercicio 2017. Con esta medida se trata de adoptar políticas que promuevan un modelo de desarrollo económico que favorezca la capacidad creativa y emprendedora de la sociedad gallega, como fuente de riqueza y como elemento esencial para el crecimiento, la competitividad y la modernización del tejido productivo gallego.

Mediante la presente ayuda se permitirá que la persona trabajadora por cuenta propia disfrute de reducciones durante un máximo de 6 meses adicionales a los primeros seis meses, completando así un máximo de 12 meses de reducción, tomando como referencia la cotización por la base mínima establecida con carácter general y el tipo mínimo de cotización, vigentes en el mes en el que se haya producido el alta de la persona trabajadora autónoma.

La Xunta de Galicia, con este tipo de iniciativas, respalda al colectivo de trabajadores autónomos apostando por impulsar el trabajo autónomo, como manera de incorporación al mercado de trabajo a la población sin expectativas laborales hacia un empleo y, de paso, apoyar al colectivo de trabajadores autónomos, que son uno de los principales protagonistas en la creación de empleo.

En concreto, esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirán las ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que estén o estuvieran acogidas a los incentivos y medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo del párrafo primero del artículo 31.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, que establece que la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que causen alta inicial o que no hayan estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores, a contar desde la data de efectos del alta, en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, se reducirá a la cuantía de 50 euros mensuales durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, en caso de que opten por cotizar por la base mínima que les corresponda.

 

Email
Facebook
Google+
https://centrodenegociosarea.com/mas-ayudas-para-trabajadores-autonomos/
Twitter
LinkedIn